Dos innovaciones importantes que simplificarán significativamente la burocracia en este sentido cuidado de la salud: esto es lo que contiene el DDL (Proyecto de Ley) sobre las simplificaciones que ayudarán no sólo a los pacientes sino también a los médicos generales tanto en lo que respecta a la prescripción de certificado de enfermedad pero también para ellos recetas.
¿Qué cambia en los certificados de enfermedad?
La Federación Italiana de Médicos Generales (Fimmg) explica que la nueva disposición, ya publicada en el Boletín Oficial, entrará en vigor el 18 de diciembre (entrará operativa en 2026). En el primer caso, esto será posible gracias a telemedicina (o teleconferencia) que su médico puede emitir un certificado de enfermedad al paciente para evitar que éste tenga que desplazarse necesariamente al consultorio. En la práctica, gracias al artículo 58, la visita especializada podrá realizarse a distancia, utilizando PC y smartphones obviamente equipados con cámaras, y los batanes blancos podrán prescribir el certificado solicitado después de todos los controles necesarios (la entrega, obviamente, no es “automática”):
“¿Cuándo sucederá esto? No inmediatamente“, subraya la Federación Italiana de Médicos Generales, explicando que “La ley, de hecho, se refiere a un Acuerdo posterior que se adoptará durante la Conferencia Estado-Regiones, sin indicar un plazo preciso: aquí, a propuesta del Ministro de Salud, se definirán los casos y modalidades de utilización de la telecertificación. Hasta entonces, seguirán vigentes las normas actuales: el médico debe velar personalmente por el estado del paciente.“.
Que cambios en las recetas
La segunda novedad de la disposición está más bien contenida en el artículo 62 y se refiere a la posibilidad de que los médicos generales prescriban el drogas para patologías crónicas hasta doce meses evitando, en este caso, repetir varias veces la misma receta y racionalizando mucho más este sistema. “Tampoco estará operativo inmediatamente, sino dentro de 90 días a partir del 18 de diciembre, fecha de entrada en vigor de la ley, sujeto a un decreto de implementación del Ministro de Salud, de acuerdo con el Ministro de Economía, quien definirá las modalidades de aplicación de la ley también para garantizar que no haya cargas nuevas o más pesadas para las finanzas públicas.“, subraya Fimmg.
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Por tanto, es posible que en marzo de 2026 las dos innovaciones estén en pleno funcionamiento, ya que el tiempo entre la publicación en el Diario Oficial y la entrada en vigor no supera los 90 días.