Hay al menos 150.000 en las fábricas italianas. Y por cada uno de ellos intervendrían de 3 a 4 operadores. El mundo de los “puente-grúa” es amplio: son los trabajadores que cada día manejan las herramientas de elevación y movimiento que mueven las cargas más pesadas en las empresas italianas. Panel que, a partir del 19 de mayo (a partir del 25 de mayo, según otra interpretación, si hacemos caso a la publicación en el Diario Oficial), deberá necesariamente constituirse de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo Estado-Regiones del año pasado. Sin esta formación, que se desarrolla en forma de curso de una jornada a una jornada y media, no será posible ejercer la profesión.
Antes de la introducción del acuerdo, la formación en el uso de equipos como puentes grúa ya era exigida por el Texto Refundido de la Ley de Seguridad en el Trabajo (Decreto Legislativo núm. 81/2008), pero la elección del itinerario de formación quedaba a discreción del empleador.
Pero ahora el puente grúa se ha incluido en la lista de equipos de trabajo para los que es obligatoria una formación específica, estandarizada y predefinida, tanto en términos de contenidos como de horarios, como ya ocurre, por ejemplo, con las carretillas elevadoras.
Los plazos concedidos para la adaptación – subraya en una nota Aisem, la asociación italiana de sistemas de elevación, elevación y movimiento federada en Anima Confindustria, fueron demasiado breves en relación con la inmensidad del público interesado.
“La introducción de la obligación de disponer de una licencia para los conductores de puentes grúa – comenta el presidente de Aisem, Massimiliano Bariola – pone de relieve controversias reglamentarias e institucionales. La distinción entre la formación previamente planificada y la obligación actual, cuyas normas están fijadas por acuerdos interinstitucionales, genera incertidumbres y dificultades de interpretación para las empresas. También hay que tener en cuenta que algunas empresas pueden aún no ser conscientes de esta innovación, dado el poco tiempo transcurrido entre la comunicación de la obligación y la entrada en vigor de la norma. Dado el gran número de los operadores afectados, Aisem había pedido a las instituciones al menos cinco años para llevar a cabo la formación, pero esta solicitud no fue aceptada. Por lo tanto, es necesario que las autoridades competentes colaboren para garantizar plazos más adecuados y herramientas eficaces de apoyo a la formación, con el fin de conciliar la seguridad y la continuidad de la producción.