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Amplia excepción por motivo justificado

La enmienda viene con cambios definidos como “limitados y específicos”. Por un lado, deja intacta la prohibición absoluta de transportar categorías consideradas las más insidiosas: navajas con hojas de al menos cinco centímetros que se abren por presión o resorte, navajas de mariposa con hojas afiladas o puntiagudas y herramientas camufladas, escondidas dentro de otros objetos o disfrazadas de herramientas. Por otra parte, somete a un régimen menos rígido otros instrumentos, que sólo pueden transportarse en presencia de un motivo: cerraduras de hoja de un solo filo, con punta afilada, de longitud igual o superior a cinco centímetros, equipadas con cerradura de hoja o que pueden abrirse con una mano; e instrumentos de hoja fija, afilada o puntiaguda, de longitud superior a ocho centímetros.

En estos casos no se aplica la prohibición absoluta, pero persiste la obligación de demostrar “motivos justificados”.

En esencia, la enmienda amplía el alcance de las palas que quedan fuera de la prohibición absoluta de portar y entran dentro del régimen de “motivos justificados”.

menores de 18 años

Otros cambios afectan también al capítulo sobre la venta de cuchillos a menores de 18 años, sin flexibilizar la restricción. En los motivos de la enmienda se especifica que “se mantiene inalterada la disciplina más restrictiva y rigurosa (…) encaminada a prevenir y combatir más eficazmente el fenómeno cada vez más endémico y alarmante del porte de armas blancas (…) particularmente por parte de menores”.

Competencia por la aplicación de la ley

Mientras tanto, la Quinta Comisión de Presupuesto del Senado expresó un dictamen “no obstructivo” sobre el decreto legislativo, pero con condiciones sobre los artículos dedicados a las competencias de la Policía, Policía Financiera, Carabinieri y Policía Penitenciaria.

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