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El Instrumento Anticoerción (ACI) es una respuesta de la Unión Europea a la coerción económica de terceros países o a la interferencia indebida a través de medidas o amenazas que afectan el comercio y la inversión para influir en las decisiones políticas. Su objetivo principal es la disuasión, impidiendo el propio uso de la herramienta.

Por esta razón, a menudo se hace referencia al ICA como la “opción nuclear” de la UE y, desde su introducción en 2023, nunca se ha activado. Sin embargo, el tema ha vuelto al centro del debate político europeo tras las amenazas del presidente estadounidense, Donald Trump, de imponer nuevos aranceles a los países que hayan enviado tropas a Groenlandia.

En respuesta, el presidente francés, Emmanuel Macron, solicitará “la activación del instrumento anticoercitivo de la UE”, según informó Le Figaro. Por los que rodean el Elíseo, sabemos que Macron está “movilizado para coordinar la respuesta europea a las inaceptables amenazas arancelarias formuladas por el presidente Trump” y permanecerá en contacto durante todo el día con sus homólogos europeos para solicitar formalmente un recurso ante el ICA en nombre de Francia. Según las mismas fuentes, “el enfoque americano plantea la cuestión de la validez del acuerdo arancelario firmado el verano pasado por la Unión Europea con los Estados Unidos”, abriendo así un enfrentamiento potencialmente importante a nivel comercial y político transatlántico.

Si la coerción se materializa, el ICA proporciona un marco para identificarla formalmente, intentar resolverla a través del diálogo y, si es necesario, tomar contramedidas. Estas sólo se consideran como último recurso y deben respetar los principios de necesidad y proporcionalidad, siendo selectivas, temporales y con un impacto mínimo en la economía europea.

La gama de opciones disponibles es amplia: restricciones a las importaciones y exportaciones de bienes y servicios, limitaciones a las inversiones extranjeras directas y a los derechos de propiedad intelectual, hasta la exclusión de la contratación pública de la UE o la comercialización de productos regulados. Se pueden tomar medidas rápidamente.

El mecanismo combina poderes de ejecución y actos delegados para garantizar la flexibilidad. La determinación formal de un acto de coerción corresponde al Consejo, a propuesta de la Comisión, mientras que la adopción de medidas de respuesta se confía a la propia Comisión, asistida por un comité de Estados miembros.

En casos específicos, como las normas de origen, se prevén actos delegados con la participación del Parlamento Europeo. El proceso también incluye consultas con las partes interesadas para evaluar el impacto de las medidas y una obligación continua de informar al Parlamento y al Consejo.

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