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JATras un examen en primera lectura por parte de la Asamblea Nacional, la Comisión de Asuntos Sociales del Senado acaba de aprobar, el 7 de enero, una nueva versión del proyecto de ley sobre el “derecho a la muerte asistida”. Permitir que un profesional y ex Ministro de Salud, así como profesionales de la salud, juristas y académicos, asesoren a la Asamblea sobre los alcances de esta redacción antes de su consideración en sesión pública y en primera lectura.

El sistema propuesto parece incomprensible para la población, inaplicable para los trabajadores sanitarios e incontrolable para los abogados.

El reconocimiento por parte de esta comisión del principio de custodia de la muerte constituye un cambio radical en el posicionamiento de una asamblea reconocida por ser guardiana de los fundamentos de nuestra sociedad. Esto olvida que los valores del cuidado siguen siendo hoy el símbolo de la resistencia contra un debilitamiento colectivo de la solidaridad. Reconocer que el“Asistencia médica al morir” Sería un aspecto lógico, legal y aceptable de la atención al paciente que cuestiona por completo la naturaleza del proceso sanitario.

La expresión “asistencia médica para morir”, que sustituiría a la de “ayuda para morir”, sigue siendo un eufemismo, que omite una vez más cualquier alusión a la eutanasia y al suicidio asistido, que se discuten. Una aclaración imprescindible sería asumir la elección de estos términos, como en Bélgica. Lo que es aún más grave, la evocación de un gesto “médico” pretende hacer aceptable la atención a los pacientes terminales. Sin embargo, está muy claro que causar la muerte no puede ser un tratamiento. Es un camino completamente diferente.

muerte planeada

El criterio que limita el acceso a la “asistencia médica en caso de fallecimiento” a las personas cuyo pronóstico vital está en riesgo a corto plazo, que pretende ser más restrictivo que el texto adoptado en primera lectura por la Asamblea Nacional, en realidad acentúa la confusión. Esta temporalidad, de hecho, cubre exactamente la de la ley Claeys-Leonetti de 2016, que regula la sedación profunda y continua. Por lo tanto, el arsenal legislativo actual ya permite satisfacer las necesidades de este período de la vida.

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