Los manifestantes con antecedentes penales o sospechosos de querer sembrar el caos en la plaza son detenidos hasta doce horas en comisaría, pero el fiscal puede decidir validarlos o anularlos. Filtro “criminal” para policías que disparen en ejercicio de sus funciones de autodefensa: la inscripción en el registro de sospechosos ya no será automática. Y de nuevo: restricciones al porte de cuchillos y armas blancas en manos de menores. Este es el punto de inflexión contenido en decreto de seguridad elaborado ayer por el Consejo de Ministros. Una forma rápida de afrontar un fenómeno percibido por la opinión pública y por el propio gobierno como una auténtica emergencia, teniendo en cuenta los últimos acontecimientos de actualidad: atentados en estaciones y lugares concurridos de las metrópolis, enfrentamientos con la policía, manifestaciones – ver la procesión de Turín Para Askatasuna – que se convierte en una auténtica guerra de guerrillas urbana.
EL ESCUDO PARA AGENTES
Vayamos en orden. El decreto-ley contiene, como señalan las premisas, el “escudo” legal. Una protección adicional para los agentes de policía, pero también para todos los ciudadanos italianos (el Quirinal insistió en ampliar el filtro legal), lo que cambia las reglas del juego. A partir de ahora, la inscripción en el registro de sospechosos ya no será automática en caso de legítima defensa o si el delito se comete en el ejercicio de sus funciones: se creará un registro alternativo. He aquí el pasaje: “Cuando no sea necesario realizar investigaciones complementarias, el fiscal adoptará su decisión sobre la solicitud de desestimación sin demora y, en todo caso, dentro de los treinta días siguientes a la anotación previa”.
ARRESTO PREVENTIVO
La prisión preventiva entra en el texto. Quizás la medida más discutida del nuevo paquete de seguridad anunciado por el gobierno. La norma: la policía podrá detener durante un máximo de 12 horas, durante las manifestaciones, a cualquier persona sospechosa de querer realizar “un comportamiento que presente un peligro real para el desarrollo pacífico de la manifestación y para la seguridad pública”. En definitiva, manifestantes violentos o presuntos violentos. Para identificarlos, la ley pone límites. Deben tener antecedentes penales dentro de los últimos cinco años, o ser sorprendidos en posesión de “posesión de armas, instrumentos susceptibles de delinquir, uso de petardos, cascos o instrumentos que dificulten el reconocimiento de la persona”. Y aquí hay una segunda exigencia, explícitamente solicitada por el Quirinal: el fiscal debe ser informado inmediatamente de la detención. Y puede decidir no validarlo y por tanto ordenar la liberación del ciudadano detenido.
LA ABRAZADERA DEL CUCHILLO
El núcleo del nuevo decreto-ley son las normas que prohíben el porte de armas blancas. Hablamos de represión “anti-maranza”: así ha sido rebautizada la nueva legislación, que responde a una escalada de casos de violencia que involucran a menores y “baby gangs”. ¿Qué hay de nuevo? “Quien, sin motivo justificado, saque de su domicilio o propiedad instrumentos provistos de hojas cortantes o puntiagudas de longitud superior a ocho centímetros, será castigado con prisión de seis meses a tres años”.
MENORES
La prohibición de vender instrumentos destinados a ofender a menores se convierte en ley, con la obligación para los comerciantes (incluso en la web) de solicitar una identificación en el momento de la compra, a menos que el comprador sea evidentemente mayor de edad. Quien infrinja esta prohibición se enfrenta a una multa administrativa de entre 500 y 3.000 euros.
VUELO CON DESTREZA
Penas más duras para los carteristas, y el robo por destreza vuelve a ser castigado automáticamente. El delito también se extiende al robo de teléfonos celulares, documentos de identidad e instrumentos de pago electrónico.
PUNTOS DE CONTROL
Entre las grandes noticias está la represión contra los conductores que se dan a la fuga. Quien ignora el control policial o huye, poniendo en peligro la “seguridad pública”, corre el riesgo de ser condenado a entre 6 meses y 5 años de prisión. Además, se suspende el permiso de conducir durante 1 a 2 años. Finalmente, el vehículo es decomisado definitivamente (salvo que pertenezca a terceros ajenos al delito).
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