¿Trabajadores-estudiantes, empleados como los demás? A primera vista, no del todo. Los aprendices dedican parte de su tiempo a la formación y se les paga como un porcentaje del salario mínimo o salario mínimo estipulado en el convenio colectivo. Pero la diferencia termina ahí. “En principio, el aprendiz se beneficia de las disposiciones del Código del Trabajo aplicables a todos los empleados”, subraya la abogada Estelle Damilano, experta en derecho social del grupo SVP, una empresa de asesoramiento empresarial.
Como tal, el estudiante en prácticas tiene derecho a participación en las utilidades y bonificaciones de participación, cuando se paguen a otros empleados. Lo mismo ocurre con el bono de valor compartido, conocido como “bono Macron”: este aumento no tiene por qué prorratearse en función únicamente del tiempo pasado en la empresa. Otra buena noticia es que los aprendices también tienen acceso a vales regalo proporcionados por el Comité Económico y Social (CSE).
Comida o transporte, misma pelea
Para los billetes de restaurante y el transporte, las reglas son más sutiles. Si el aprendiz debe beneficiarse también de vales de comida durante su jornada laboral, la jurisprudencia no ha resuelto del todo el caso de los días de formación. “Sin embargo, el aprendiz podría beneficiarse de esta ventaja, porque el tiempo pasado en el centro de formación es, según el Tribunal de Casación, tiempo de trabajo efectivo”, estima Estelle Damilano.
Mismo problema para pagar los billetes de transporte. El aprendiz tiene derecho a desplazarse entre su domicilio y la empresa. Por otro lado, los desplazamientos “entre la institución educativa y el domicilio del estudiante que requerirían otro abono de transporte público no están actualmente incluidos en esta cobertura obligatoria”, declaró recientemente el Ministerio de Trabajo. Por lo tanto, corresponde a los propios centros de formación de aprendices proporcionar este apoyo.
Sin objetivos profesionales
Otra peculiaridad del estatuto de los aprendices: el empleador debe proporcionarles una “formación profesional completa”, según el Código del Trabajo. Las tareas o misiones que se le encomienden deberán corresponder al título solicitado. Y como se le contrata para aprender un oficio, el aprendiz “no está sujeto a la entrevista de evaluación y no se le pueden asignar objetivos profesionales”, recuerda Estelle Damilano.
Por lo tanto, es ilegal hacer excepciones a estas reglas y colocar a un aprendiz en un puesto estándar, sin acceso al líder aprendiz ni a oportunidades de capacitación. Este tipo de abuso contractual, a veces detectado por los inspectores del trabajo, expone a los empleadores al riesgo de ser reclasificados por los tribunales como un contrato permanente. Con posibles daños e indemnizaciones para las víctimas en juego.
Problema: Muy a menudo los aprendices no se atreven a defender sus derechos y a presentar denuncias, debido a la falta de conocimientos, al miedo a la jerarquía y al miedo a comprometer su formación. Sin embargo, “algunos empleadores abusan de la docilidad de los estudiantes y se basan en su ignorancia”, señala el abogado Emmanuel Cranston. Salarios impagos o atrasados, horas extras impagas, falta de nóminas: el abogado es el primero en ser cuestionado cuando los aprendices reciben golpes en la cartera. Por eso, a menudo tiene que acudir al tribunal laboral para ganar su caso.
Sin embargo, la ley les proporciona protecciones especiales. En caso de “riesgo grave de daño a la salud o a la integridad física o moral”, los aprendices pueden ponerse en contacto directamente con la inspección del trabajo. “Es el primer recurso”, insiste la abogada laboral Karine Martin-Staudohar. Para ser escuchados en casos de acoso, inseguridad e incluso estrés en el trabajo, “debemos informar datos precisos y coherentes sobre las condiciones laborales”, subraya. Con, a ser posible, pruebas o incluso grabaciones.
Si tras la investigación cree que el aprendiz está realmente amenazado, la inspección del trabajo puede solicitar la suspensión o incluso la rescisión de su contrato de aprendizaje. Con la poco conocida “compensación” de que el empresario deberá seguir pagándole el salario mensual hasta el final del contrato… Al mismo tiempo, el centro de formación “toma las medidas necesarias para permitirle seguir su formación teórica durante seis meses”, según el Código del Trabajo. Por otro lado, tendrá que buscar un nuevo empleador para completarlo.
Relación especial estudio-trabajo: