Para reconocer el compensación por daño moral a sobrino de Luigi Cadornadifamado en Facebook, el juez deberá especificar cuáles serán las consecuencias decoro y a reputación un miembro personal o familiar ha sufrido. AlláEl Tribunal de Casación desestimó así -anulando la sentencia suspendida únicamente en este punto- la solicitud de indemnización de 10.000 euros solicitada por Carlos Cadorna coronel retirado, sobrino del general que dirigió las tropas italianas durante la Gran Guerra hasta Caporetto.
En el caso examinado, el tribunal de apelación consideró probado el daño, confirmando la convicción primer grado deMichele Favero, Secretario de Independencia de Veneciapor las duras críticas dirigidas al comandante en jefe Luigi Cadorna, fallecido hace casi cien años. favero en Facebook había acusado al generalísimo de haber enviado al matadero cientos de miles de hombres en ataques frontales prácticamente suicidas e inútiles, obligando a las tropas a salir al aire libre, para asaltos a trincheras inexpugnables, so pena de ser fusilados por la espalda en caso de vacilación, o incluso recurrir a ejecución departamentos en caso de insubordinación, aunque sea leve.
La aniquilación de soldados durante la Gran Guerra
La diezma consistía en sortear y fusilar a uno de cada diez soldados dentro de un departamento por presunta conducta deshonrosa, cuando no era posible identificar a los responsables directos. Al encontrarse en el punto de mira de los jueces civiles, que confirmó la difamaciónexcluido del proceso penal, no estaba, sin embargo, allí critica historica al jefe de gabinete, porque los términos utilizados son irrelevantes: insultos y duras declaraciones hacia su abuelo, el mariscal de Italia.
Sin éxito, el demandante había invocado el mismo trato sufrido en un proceso penal, donde por hechos similares el juez de instrucción había solicitado el sobreseimiento del caso. En opinión de la defensa, de hecho, las críticas, por duras y duras que hayan sido publicadas en la red social, deberían haberse considerado atenuadas por derecho a crítica, histórica y política protegido por el artículo 21 de la Constitución. También se pidió tener en cuenta la importancia de los valores en juego: “Las vidas de soldados inocentes diezmadas sobre el terreno debido a las malvadas órdenes del general Luigi Cadorna y a la existencia deinterés público conocer la trágica verdad de los hechos y formarse y expresar libremente un juicio crítico sobre hechos históricos tan graves”.
La crítica histórica debe respetar la continencia
Sin embargo, el Tribunal de Casación recuerda que el derecho a criticar, como expresión de la libre expresión del pensamiento, tiene un estatus constitucional igual al de derecho al honor y la reputaciónsobre el que sin embargo prevalece, justificando el carácter ilícito del delito, siempre que se respeten ciertos límites: la veracidad de los hechos, el interés público de conocerlos y la continencia verbal. Este último punto – en opinión de los jueces – no fue respetado por el demandante.