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En la Comisión de Justicia del Senado comenzaron audiencias sobre propuestas legislativas en esta materia violencia sexual y libre manifestación de consentir. Audiencias que fueron objeto de una acalorada polémica entre la mayoría y la oposición porque fueron interpretadas por esta última como un elemento que retrasaba los plazos de aprobación del texto que había tenido un aprobación unánimey visto como evidencia de la posibilidad, aunque agotadora, de colaboración entre facciones políticas opuestas en temas delicados.

La intervención de la ANM

Las intervenciones de magistrados y abogados fueron centrales. Según el presidente de la ANM, Cesare Parodi, entre los problemas operativos “se trata de la evaluación del elemento subjetivo, la percepción del hipotético autor del delito. Una relación que comienza en una fiesta y termina con un acto sexual es una cosa y los episodios de violencia en el seno de una relación son otra”. relaciones continuas. Las leyes propuestas se centran en el consentimiento libre y presente. La discusión sobre es importante revocabilidad: es difícil pensar en un consentimiento irrevocable. Si esto está claro, el problema se reduce a un análisis del expediente: cómo leer la cuestión del hecho negativo que debe probar el fiscal, es decir la falta de consentimiento. El aspecto más delicado es el método, la ley debe especificar más o menos las modalidades según las cuales debe expresarse este consentimiento.

El derecho a no responder

Además, “hasta la fecha no sé si será posible que el sospechoso ejerza su derecho a no responder durante la fase de investigación. investigación Es imposible que el sospechoso no responda; de hecho, es esencial que presente su versión de los hechos”.

La carga de la prueba no se invierte

Pero para la ANM, el temor, expresado por muchos partidos, de que la situación se reviertacarga de la prueba. En efecto, la falta de consentimiento no puede probarse mediante presunciones, sino mediante la indicación de elementos y circunstancias encaminadas a eventualmente reconstituir también el contexto, la dinámica de los hechos, los comportamientos adoptados antes y/o después por los dos protagonistas del caso, evitando preguntas intrusivas y victimizantes para la persona ofendida y el consiguiente riesgo de victimización secundaria.

La tarea de la fiscalía

La carga de probar la ausencia de ley siempre recae en el fiscal libre consentimiento y actualizado al momento de la comisión del acto sexual; Corresponde entonces al juez reconstruir el hecho histórico, a la luz de los elementos disponibles, para reconstruir si, en un contexto determinado, hubo consentimiento al acto o no.

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