Derecho de asilo, repatriación rápida de los delincuentes violentos, nuevas RPC y defensa de las fronteras contra el riesgo de terrorismo: el proyecto de ley que reescribe las normas de acogida, aprobado ayer por el Consejo de Ministros, llega no por casualidad un día después de la aprobación por parte de la Comisión Europea de la lista común de “países seguros”. Entre los puntos principales, se encuentra la vía preferente al Juez de Control para la expulsión del extranjero detenido, sin oposición a la disposición pudiendo suspender su ejecución.
Derecho de asilo
El sistema nacional de reconocimiento de la protección internacional recae en el Ministerio del Interior, teniendo como autoridad central la Comisión Nacional por el Derecho de Asilo. A los beneficiarios “que tengan medios suficientes” se les podrá solicitar “una contribución económica para determinadas medidas de integración obligatorias” si este pago no representa “una carga excesiva”. Al solicitante se le podría asignar “una zona geográfica determinada”, previéndose también las condiciones para imponer la obligación de residencia en un lugar determinado o de presentación periódica a las autoridades. El acceso a los lugares donde se realizan controles de asilo “no implica autorización para entrar en el territorio del Estado”. El recurso ante la autoridad judicial será susceptible de recurso en primera instancia “exclusivamente por razones de legitimación”. Habrá represión para prevenir riesgos de fuga y amenazas a la seguridad o la salud pública.
Repatriaciones
Se acerca la “Decisión Única Europea sobre Solicitantes de Asilo”. En caso de negativa, el migrante será internado en un CPR en el que “se garantizan los derechos fundamentales y la dignidad de la persona inherentes a la privación de libertad personal”, con acceso, visitas y seguimiento confiados al prefecto. El Ministerio del Interior establecerá directrices para definir homogéneas “características técnicas, tecnológicas y generales de las instalaciones”.
Menores extranjeros
Se modifica la “Ley Zampa” (47 de 2017), derogando la denominada “continuación administrativa” por la cual el menor podía beneficiarse del proceso de acogida e integración hasta los 21 años (pasa a ser 19). La edad de entrada y residencia por estudios se reduce a 14 años (en lugar de 15 años).
Eyecciones más fáciles
Los extranjeros comunitarios y extracomunitarios condenados a penas de prisión por violencia o amenazas contra un funcionario público, resistencia contra un funcionario público (también en el CPR), violencia o amenazas contra un órgano político, administrativo o judicial, con circunstancias agravantes, serán expulsados por orden del juez. La detención es obligatoria incluso cuando se comete descaradamente y se lleva a cabo mediante un procedimiento muy directo y no ordinario.
Protección adicional
Para obtener la “protección complementaria” (si no se tiene derecho de asilo) prevista en el artículo 8 del Convenio Europeo “para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales”, será necesario un período de residencia regular de al menos cinco años, conocimientos “certificados” del italiano, un alojamiento adecuado y una disponibilidad financiera similar a la necesaria para la reagrupación familiar. La solicitud, sin embargo, será rechazada si el extranjero “representa una amenaza para el orden y la seguridad públicos o para el Estado”, incluso si es extranjero. Se eliminó la norma “salvar a Almasri”, que preveía la “entrega al Estado de origen de sujetos cuya presencia pudiera comprometer la seguridad de la República o las relaciones internacionales y diplomáticas, también en cumplimiento de los acuerdos internacionales”.
Bloqueo naval
Para evitar la llegada de terroristas potenciales que amenacen la “seguridad nacional”, el Palacio Chigi puede prohibir temporalmente cruzar el límite de las aguas territoriales, a propuesta del Ministro del Interior. Se imponen sanciones (hasta 50.000 euros) a quienes la infrinjan, “a menos que el acto constituya un delito”. El usuario o armador y el propietario de la embarcación serán solidariamente responsables”, la cual podrá ser confiscada en caso de violación reiterada del bloqueo. En este caso, los migrantes “posiblemente a bordo de embarcaciones sujetas a prohibición (…
) también pueden realizarse en terceros países distintos de aquel al que pertenecen o de donde son originarios”, como Albania, con la que Italia concluyó el Protocolo obstaculizado por las condenas de los tribunales de apelación y de las secciones de inmigración.