diciembre 10, 2025
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El martes 9 de diciembre es el último día para solicitar el “bono madre” de 480 euros a través del sitio web del INPS, previsto este año por el llamado “decreto económico” (decreto legislativo 95/2025). 870.000 madres trabajadoras están potencialmente afectadas, incluidas 695.000 empleadas (temporales o permanentes) y alrededor de 175.000 trabajadoras autónomas. la cantidad de 40€ mensual, exento de impuestos y no relevante para el ISEE, será pagado por el organismo de seguridad social en un pago único en diciembre de 2025 (o antes de febrero de 2026), cubriendo hasta 12 pagos mensuales por un máximo de 480€ asentir.

El 9 de diciembre de 2025 es la fecha límite para quienes ya cumplieron con los requisitos; El 31 de enero de 2026 es la fecha límite para quienes califican después del 9 de diciembre pero, en cualquier caso, antes del 31 de diciembre de 2025. Los ingresos laborales anuales no deben exceder 40.000 euro. El presupuesto de 2026, examinado por el Senado en primera lectura, prevé también el reconocimiento del apoyo para 2026, que aumenta de 40 a 60 euros al mes.

Cómo aplicar

La solicitud se presenta a través de los siguientes canales: sitio web institucional www.inps.it, utilizando su identidad digital (SPID de al menos nivel 2, CIE 3.0, CNS o eIDAS); Contact Center Multicanal, llamando al número gratuito 803.164 (gratuito desde teléfono fijo) o al número 06 164.164 (desde red móvil de pago, dependiendo de la tarifa que apliquen los distintos operadores); Instituciones patronales, utilizando los servicios que ofrecen. Al presentar la solicitud se deberá indicar el método de pago elegido mediante abono en las cuentas con IBAN o mediante transferencia bancaria directa.

Requisitos

Las candidatas deberán declarar bajo su propia responsabilidad que reúnen conjuntamente las condiciones para acceder al número de mensualidades requeridas para el Bono Madres Primerizas y, en particular, que cumplen con una de las siguientes condiciones: 1) ser madre de sólo dos hijos, el menor de los cuales tenga menos de diez años; 2) ser madre de tres o más hijos, el menor de los cuales sea menor de dieciocho años. 3) ser madre empleada, excluidas las relaciones de trabajo doméstico, o ser trabajadora por cuenta propia registrada en la gestión autónoma y obligatoria de la seguridad social, o estar registrada en una caja profesional, incluidas las cajas profesionales mencionadas en el Decreto Legislativo n. 509/1994 y Decreto Legislativo núm. 103/1996 y gestión separada. Las madres trabajadoras con tres o más hijos en relación laboral también deberán declarar que no tienen relación laboral permanente vigente en los meses en que se solicita el bono de madre primeriza; 4) que la suma de los rendimientos del trabajo relevantes a efectos del cálculo de los impuestos correspondientes al año 2025 sea igual o inferior a 40.000 euros. El requisito relativo al número de hijos pertenecientes a la familia del trabajador deberá existir el 1 de enero de 2025 o deberá cumplirse a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Referencia

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