El debate sobre la reforma de la justicia alimenta un malentendido que debe aclararse de una vez por todas: la separación de carreras entre jueces y fiscales no constituye un ataque a la justicia y no pone en peligro su independencia. La reforma aclara las funciones, hace más legibles las responsabilidades y hace más transparente el funcionamiento de la jurisdicción.

Seamos claros: en la realidad cotidiana y en la carrera unitaria de hoy, los fiscales también deberían buscar pruebas para exonerar a los sospechosos. Todos sabemos que esto rara vez sucede. Y los jueces de instrucción deberían impedir juicios infundados iniciados por el fiscal, ahorrando así recursos públicos y el largo calvario legal de personas y organizaciones arrastradas al tercer nivel de juicio. Pero eso tampoco sucede.

El procedimiento contradictorio, introducido con la reforma Vassalli, diseñó un modelo en el que acusación y defensa compiten en igualdad de condiciones ante un tercer juez. La separación de carreras representa el paso natural que implementa plenamente el sistema, consistente con el principio del debido proceso, consagrado en el artículo 111 de la Constitución.

En una democracia madura, no basta con que el juez sea imparcial: también debe parecerlo ante los ojos de los ciudadanos. La distinción más clara entre quienes acusan y quienes juzgan responde también a esta necesidad, al disipar cualquier posible sospecha de proximidad entre funciones que deben permanecer claramente diferenciadas en el proceso.

Por tanto, es engañoso afirmar que la reforma pondría en duda la independencia del poder judicial. La autonomía y la independencia respecto de cualquier otro poder están grabadas en piedra en el artículo 104 de la Constitución y garantizadas por la función de garantía encomendada al Presidente de la República, quien presidirá los dos futuros Consejos Superiores del Poder Judicial, juzgando y acusando.

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