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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó el jueves a Francia en el caso de un menor que recibió una amonestación ante el tribunal por presentar una denuncia difamatoria contra el hombre acusado de violación. Francia está condenada a pagar 7.500 euros en concepto de indemnización a esta mujer nacida en 2000, ya que el Tribunal de Estrasburgo considera que no se ha respetado su derecho a un proceso justo.

Residente en Nieul, en las afueras de Limoges, la adolescente denunció en junio de 2016 haber sido obligada a practicar sexo oral en los baños de su instituto a un joven de 17 años, que había amenazado con revelar su relación con un amigo en común.

Denuncia calumniosa

Su denuncia de violación fue rechazada por la fiscalía en octubre, por un delito insuficientemente calificado; Los investigadores observaron que la mujer no había gritado, ni forcejeado, ni había verbalizado su negativa al acto.

Mientras tanto, la madre del acusado presentó una denuncia por difamación en su contra, alegando que había presentado la denuncia para vengarse de su hijo. Unos meses después, la adolescente recibió un aviso legal anotado en sus antecedentes penales, pese a sus protestas y las de sus padres, quienes recalcaron que ella mantenía su versión de los hechos.

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Sin embargo, los hechos nunca han sido objeto de debate, señalan los jueces del TEDH. Y la referencia a la ley sólo debe aplicarse cuando los hechos sean “simples, aclarados, reconocidos o (…) no seriamente discutibles”.

“No tomado en consideración”

“El fiscal consideró sin justificación, y basándose en las dos versiones irreconciliables de los hechos (…), que la recurrente, que no reconoció el delito imputado, había mentido al respecto pese a que siempre había manifestado lo contrario”, resuelven.

“Las autoridades nacionales no dieron la misma consideración a las respectivas declaraciones del recurrente y (del joven) sin motivar las razones por las cuales las primeras parecían carecer de credibilidad mientras que aquellas (del joven) eran suficientes, sin otros motivos, para justificar la medida de revocación de la ley contra el recurrente”, añade el Tribunal.

Las conclusiones de la policía y luego de la fiscalía citadas para justificar el rechazo de la denuncia del adolescente también revelan “estereotipos que pueden haber llevado a que las palabras de la víctima no fueran tomadas en consideración”, señalan los jueces.

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