Represión de cuchillos y armas inapropiadas, nuevos tipos de delitos por robo y daño durante manifestaciones, fortalecimiento de los poderes de los prefectos y fuerzas policiales y protección ampliada de los agentes de seguridad. Este es el contenido de proyecto de decreto legislativo sobre seguridad pública que está sobre la mesa del Gobierno y que hoy está siendo examinado por el Consejo de Ministros.
El proyecto incluye 33 artículos. e interviene detalladamente sobre la seguridad urbana, el orden público, las actividades investigativas de la autoridad judicial ante la presencia de causas justificadas, el funcionamiento de las fuerzas policiales, la inmigración y la protección internacional. La disposición tiene como objetivo reforzar los instrumentos de prevención y lucha contra la delincuencia, con especial atención a los fenómenos de violencia entre los jóvenes y los desórdenes vinculados a las manifestaciones públicas. Así lo establece el texto que, en su artículo 1, refuerza las sanciones por portación injustificada de armas e instrumentos punzocortantes, previendo Prisión de seis meses a tres años para quien porte armas blancas sin justa causa u objetos con hojas afiladas o puntiagudas. La ley también permite la aplicación de sanciones administrativas adicionales e introduce la responsabilidad financiera de los padres en casos de delitos cometidos por menores.
Un gran espacio está dedicado a la seguridad urbana. El proyecto confiere a los prefectos la facultad de identificar “zonas específicas del territorio caracterizadas por situaciones graves y reiteradas de ilegalidad o degradación”, en las que se puede ordenar el traslado de sujetos considerados peligrosos para el orden público. Se refuerza la disciplina del Daspo urbano y amplió el alcance de las medidas de prevención personal.
En cuanto a los eventos públicos, el decreto interviene en las reuniones en lugares públicos sin previo aviso, previendo sanciones administrativas más severas para los promotores y organizadores, incluso cuando la reunión se realiza a través de plataformas digitales. En estos casos, la responsabilidad se atribuye al prefecto y las sanciones pueden alcanzar hasta los 10.000 euros.
El proyecto también introduce nuevos casos penales. Entre ellos, el delito de “hurto agravado cometido por banda organizada”, castigado con penas de hasta veinticinco años de prisión, y la ampliación del concepto de hurto diestro, que incluye expresamente la sustracción de teléfonos móviles, documentos de identidad e instrumentos de pago electrónico. También existe la posibilidad de detención diferida en caso de flagrante delito por delitos de daño cometidos durante manifestaciones públicas.
El decreto también interviene sobre la protección jurídica de la policía, las fuerzas armadas y los bomberosampliar garantías en procedimientos iniciados en presencia de causas justificativas. Las medidas previstas también incluyen la creación de un fondo de 50 millones de euros para reforzar la seguridad en las estaciones y sus alrededores, gracias a acuerdos entre el Ministerio del Interior, el MIT y Ferrovie dello Stato.
Frenar la venta de cuchillos a menores, multas de hasta 12 mil euros
Tolerancia cero en la distribución de hojas y herramientas de corte entre los jóvenes. El proyecto de Decreto de seguridad, actualmente examinado por el Consejo de Ministros, introduce una prohibición absoluta de la venta y transferencia de cuchillos e instrumentos que puedan ofender a los menores de 18 años. La ley, que incorpora la histórica Ley de Armas de 1975, tiene como objetivo frenar el fenómeno de los delitos violentos cometidos por adolescentes armados.
Según el nuevo artículo 4-quater introducido por la disposición, los comerciantes tendrán la obligación de solicitar la identificación del comprador, salvo que sea evidente la mayoría de edad. La prohibición no perdona al comercio electrónico: los sitios de comercio electrónico y las plataformas de venta en línea deberán implementar sistemas de verificación de edad “eficaces y oportunos” para impedir la compra de armas blancas por parte de menores.
El sistema de sanciones está estructurado en varios niveles para atacar con fuerza a los reincidentes. La primera infracción se castiga con una multa de 500 a 3.000 euros. En caso de primera infracción, la multa se duplica (de 1.000 a 6.000 euros), hasta un máximo de 12.000 euros en caso de infracciones posteriores. Para los comerciantes, además de la multa, existen fuertes sanciones adicionales: cierre del negocio por hasta 15 días por la primera infracción, que puede llegar a 45 días en caso de reincidencia. A cualquiera que eluda la prohibición se le revocará su licencia comercial.
Represión de la gestión de manifestaciones públicas
El proyecto de nuevo decreto de seguridad, en su artículo 4, introduce medidas estrictas para el acceso a las zonas urbanas, dirigidas a personas con antecedentes de delitos violentos cometidos durante eventos públicos o contra la policía. El corazón de la ley establece que el comisario de policía puede ordenar la prohibición de acceso a determinadas zonas urbanas a personas que hayan sido denunciadas o condenadas (incluso con sentencia no firme) durante los últimos cinco años. La medida se aplica por infracciones cometidas durante manifestaciones en un lugar público o abierto al público, pero también por delitos de lesiones a un funcionario público (art. 583-quater del Código Penal) y daños agravados (art. 635 del Código Penal). La prohibición también puede extenderse a los lugares donde se cometieron físicamente los delitos.
Registro separado para quienes actúan en defensa propia
No más inscripción inmediata en el registro de sospechosos para quienes actuaron en presencia de una causa justificativa, como la legítima defensa o el uso legítimo de armas. La ley modifica el código de procedimiento penal introduciendo una anotación previa en “modelo separado” respecto de los antecedentes penales ordinarios (modelo 21). Si resulta “evidente” que el acto se cometió por una razón justificada, el fiscal no procederá al registro formal del nombre del interesado, sino que utilizará este nuevo canal de comunicación dentro de las oficinas judiciales.
Parada preventiva de 12 horas por sujetos peligrosos
Fortalecer las facultades de intervención preventiva de la policía durante manifestaciones públicas. La medida está prevista en el artículo 7, apartado 2 del proyecto, que inserta el artículo 11-bis en el decreto legislativo del 21 de marzo de 1978, n. 59. La ley regula “el acompañamiento en las oficinas de seguridad pública para prevenir conductas peligrosas durante eventos públicos”.
Según el texto, la policía podrá acompañar a sus oficinas y detener, durante el tiempo estrictamente necesario y, en cualquier caso, no más de 12 horas, a las personas para las que haya una “razón bien fundada” creer que puede comprometer la realización pacífica de un evento. La detención y el momento en que se llevó a cabo deben ser “notificadas inmediatamente al fiscal”. La ley establece que, si el fiscal reconoce que no se cumplen las condiciones requeridas para el acompañamiento y la detención, ordenará la liberación de la persona acompañada. La disposición también especifica que el fiscal debe ser informado inmediatamente de la liberación y de cuándo tuvo lugar.