Roma, 11 de diciembre. (Adnkronos) – El Consejo de Ministros, a propuesta de la presidenta Giorgia Meloni y del ministro de Defensa Guido Crosetto, aprobó, en examen preliminar, dos decretos legislativos que aplican la ley del 28 de noviembre de 2023, n. 201, que contiene “disposiciones relativas a las asociaciones profesionales de carácter sindical entre militares, la delegación al gobierno para la revisión del instrumento militar nacional, así como disposiciones relativas a los plazos legislativos”. 1. Disposiciones relativas a la revisión del instrumento militar nacional de conformidad con el artículo 2, apartado 1, de la ley de 28 de noviembre de 2023, n. 201 El objetivo es la consecución progresiva, hasta 2033, de la dotación orgánica global de las fuerzas armadas (Ejército, Armada, Fuerza Aérea), fijada en 160.000 unidades, garantizando una relación funcional entre categorías y roles basada en la eficiencia y la organicidad. La disposición modifica el Código de la Orden Militar (COM) sobre el sistema de reclutamiento y progresión de carrera.
Las principales medidas se refieren a: la revisión de las carreras de los Oficiales con remodelación del curso de formación en la Academia (nombramiento de guardiamarina en el segundo año y segundo teniente en el tercero) y reconocimiento del tratamiento económico inicial para los guardiamarinas; la armonización del servicio de los Marshals, con el establecimiento de un servicio obligatorio de cinco años para los cadetes reclutados mediante concurso público; ampliar el acceso de los voluntarios que ocupan puestos preestablecidos a concursos extraordinarios para el rol de sargentos. Además, en materia de transición y envejecimiento de funciones, se han introducido medidas transitorias que elevan a 40 años el límite de edad para el acceso a los concursos oficiales para el personal ya en servicio hasta 2033, y prevén concursos extraordinarios para el paso a las funciones de Mariscal para el personal militar que posea títulos específicos. A esto se suman los concursos extraordinarios para sargentos, abiertos hasta 2030 también al personal civil (licenciados y mayores de 32 años), en presencia de necesidades funcionales específicas. 2. Disposiciones relativas a la revisión de la organización y estructura organizativa de la sanidad militar, de conformidad con el artículo 2 de la ley de 28 de noviembre de 2023, n. 201 La disposición introduce una revisión global de la organización y estructura organizativa del Servicio de Sanidad Militar según criterios interfuerzas y de especialización.
Para ello, se prevé la creación del Cuerpo Único de Sanidad Militar, que definirá las modalidades de tránsito del personal sanitario de las Fuerzas Armadas y de los Carabinieri. Se establece la efectividad de las disposiciones relativas a la creación del Cuerpo Único y al tránsito del personal vinculado a partir del 1 de enero de 2027, con el fin de permitir la necesaria reorganización de la estructura de sanidad militar.