Además de las intervenciones para apoyar a las familias y las empresas, la proyecto de ley de decreto a su entrada en vigor, introduce una restricción importante en los plazos de propuesta de ofertas electricidad y gas.
Entre las innovaciones más significativas se encuentra un cambio en las reglas de telemercadeoque ha sido durante mucho tiempo objeto de informes de usuarios.
El nudo del consenso
Para frenar el fenómeno de ofertas engañosas En materia de suministro de energía, las modificaciones realizadas por el decreto al artículo 51 del Código del Consumidor establecen que a partir de ahora las empresas ya no podrán ponerse en contacto con los consumidores sin una solicitud o consentimiento explícitoEy contratos concluido por Las llamadas no autorizadas se considerarán nulas de pleno derecho..
Por lo tanto, esto significa que las empresas ya no pueden ofrecer contratos de electricidad y gas mediante llamadas o mensajes si el consumidor no ha realizado la solicitud directamente a través del canales oficiales. A falta de petición explícita del cliente, se requiere al menos “consentimiento específico para recibir propuestas comerciales”: un nuevo modelo, basado en la autorización previa, que va más allá de la lógica anterior.
La validez de los contratos.
La nueva ley introduce un paso legal clave: Los contratos de electricidad y gas celebrados mediante contactos no autorizados pueden considerarse nulos y sin valor.precisamente porque violan las nuevas disposiciones sobre consentimiento.
Básicamente, si no existe autorización, todo el proceso de venta se considera fundamentalmente defectuoso.
Por tanto, el acuerdo no tiene ningún efecto y puede ser impugnado precisamente porque surgió de una práctica prohibida. Una herramienta para reforzar la posición del consumidor, que puede oponerse a los suministros activados tras llamadas telefónicas poco claras y apresuradas.
El decreto también tiene un impacto directo en centro de llamadas: todo contrato celebrado sin respetar las normas puede perder valor, con consecuencias económicas directas, y corresponderá al profesional demostrar que el contacto se ha realizado respetando las condiciones fijadas por la ley. A falta de esta prueba, el contrato está sujeto a nulidad.
Números bien identificables
Para completar la protección de los usuarios, existe una disposición adicional: los operadores que contacten a los consumidores para ofrecerles ofertas de electricidad y gas deben utilizar números de teléfono claramente identificables. Así que detenga las llamadas de números anónimos o de números que no puedan rastrearse directamente hasta la persona que ofrece el contrato..
Hacer visible la identidad de la persona que llama permite al consumidor comprender inmediatamente quién se comunica con él y, sobre todo, tener una referencia clara en caso de denuncias o disputas, acción que también facilita la identificación de casos de phishing y smishing. Los números utilizados para actividades no conformes pueden ser reportados y sujetos a controles que pueden conducir, en los casos más graves, a la suspensión.
© TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS