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Desde la superación de la fragmentación de la legislación sobre edificación hasta simplificaciones destinadas a remediar abusos históricos, incluida la racionalización de las sanciones y la reorganización de la provisión de beneficios. Esto es lo que predecimos Un proyecto de reforma de la ley consolidada sobre la construcción se espera mañana en el Consejo de Ministros..

“Simplificar y racionalizar la legislación”

Cinco artículos en definitiva, por la delegación que entre los principios prevé la “racionalización, simplificación y reorganización, dentro de un texto normativo homogéneo, de todas las disposiciones legislativas vigentes en materia de edificación y disciplina técnica de las construcciones, también en relación con la legislación para la protección de la estructura hidrogeológica, la superación y eliminación de barreras arquitectónicas, la resistencia, estabilidad, fiabilidad y sostenibilidad ambiental de los edificios”, leemos.

La adaptación de la legislación “en cuestiones urbanísticas estrictamente ligadas a la normativa de edificación y la coordinación de las modificaciones realizadas en el ámbito de la edificación con las normas de protección del patrimonio cultural y paisajístico, sanitarias y fiscales así como las del sector que en todo caso incidan en la regulación de la actividad constructora”. Se trata de “superar la fragmentación de la legislación sobre edificación y edificación, garantizar la resolución de duplicaciones, superposiciones, inconsistencias y antinomias existentes y promover la exhaustividad, amplitud y aplicabilidad inmediata” de la normativa, leemos en el borrador.

Seguro simplificaciones En particular, la reforma pretende “identificar, con miras a simplificar y definir normas procesales mínimas inequívocas, las normas mínimas obligatorias relativas a los regímenes administrativos para la aplicación de las diferentes categorías de intervenciones inmobiliarias”, se lee en el proyecto.

Todo ello con el fin de “definir a nivel nacional una clasificación común de los tipos de desviaciones de la licencia de construcción”, pero también para identificar las “desviaciones de construcción que, por su naturaleza y extensión, así como por el momento del abuso o de la obtención del título, pueden corregirse, dentro de los límites de lo ya previsto en la legislación vigente y el correspondiente título de amnistía”.

Abuso histórico antes de 1967, lo que cambia

En el frente de abuso historicoLa delegación tiene como objetivo “simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos destinados a la expedición o formación de títulos de amnistía” definiendo los plazos obligatorios para la presentación de las solicitudes relacionadas, en cualquier caso antes de la imposición de sanciones administrativas, identificando procedimientos simplificados para regularizar los abusos cometidos antes de la entrada en vigor de la ley del 6 de agosto de 1967.

Sanciones y desgravaciones fiscales

En el frente de sancionesel objetivo es racionalizar los regímenes sancionadores previos a la expedición de los correspondientes certificados de amnistía, en función de la escala de la construcción o transformación urbana, la gravedad de la desviación o el valor de la obra realizada, teniendo en cuenta también la regulación de los bienes sujetos a protección; Racionalizar el régimen sancionador de los defectos constructivos que no permitan la expedición de certificados de amnistía, identificando en tales casos procedimientos para reducir al mínimo las intervenciones basadas en la autorización del propietario o beneficiario, encaminadas a simplificar las obligaciones y cargas a cargo del organismo territorialmente competente.

Los faros también están encendidos. concesiones. La delegación prevé reorganizar las disposiciones relativas a la concesión y pago de ventajas fiscales, contribuciones y otros beneficios del Estado o de organismos públicos para la ejecución de intervenciones en obras que presenten defectos de construcción, con el fin de excluir estrictamente la liberación de ventajas, contribuciones y beneficios en caso de necesidad.

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