Las modificaciones de las normas sobre las zonas elegibles introducidas en el decreto Transición 5.0, tras las conclusiones del TAR sobre los límites demasiado rígidos del desarrollo de las energías renovables, dan más espacio a la posibilidad de que las empresas construyan sistemas de autoconsumo en zonas circundantes a una aglomeración industrial.
Fotovoltaica: se ignora la autorización única para empresas
Entre las novedades introducidas en la medida, que ayer obtuvo el voto de confianza en el Senado, se encuentra una enmienda que elimina la obligación para la empresa que desee construir una fábrica -por ejemplo las de autoconsumo previstas por Liberation Energy, pero que también pueden ser para otros fines- de tener una autorización ambiental única. Un documento cuya elaboración requiere mucho tiempo y cierta selectividad y que corre el riesgo de restringir considerablemente el abanico de sujetos que pueden utilizar las zonas adaptadas autorizadas cerca de los polígonos industriales. Las normas incluidas en el Decreto 5.0 establecen que las zonas adecuadas (es decir, aquellas que prevén procedimientos de autorización simplificados para las energías renovables) alrededor de los sitios de producción deben ubicarse en un radio de 350 metros (el llamado cinturón solar). Otro aspecto que hay que aclarar es que la propia instalación fotovoltaica, si supera los 20 kilovatios de potencia, ya no puede considerarse un solar industrial a partir del cual calcular los 350 metros para construir otra, como estaba previsto anteriormente.
Régimen transitorio: continúan los proyectos ya aprobados
Y una vez más, entre las noticias positivas para las empresas y operadores que construyen las centrales está el establecimiento y definición de un régimen transitorio. Básicamente, estas son las reglas que permiten a aquellos que ya habían iniciado los procesos de permisos antes de que se aprobaran las nuevas reglas continuar con las reglas anteriores. El Decreto de Agricultura, aprobado el pasado verano, prohíbe la instalación de nuevas instalaciones fotovoltaicas terrestres en prácticamente todas las zonas agrícolas. Estos límites ya no se aplican a “los procedimientos de habilitación o autorización, incluidos los procedimientos de evaluación ambiental, cuya verificación de la integridad de la documentación presentada en apoyo del proyecto finalice en la fecha de entrada en vigor del presente decreto”. Las notas positivas terminan aquí. “Hay mejoras en aspectos específicos como el Cinturón Solar y el régimen transitorio, pero no de manera que eviten el procedimiento ordinario para muchos proyectos”, observa Aurelio Regina, Delegado de Energía del Presidente de Confindustria.
Conexiones de red: si son demasiado largas, la zona ya no es adecuada
Una vez más, frente a enmiendas que abren lagunas, se han aprobado otras que contradicen las anteriores. Por ejemplo, la norma de que las instalaciones construidas en zonas adecuadas, cuyas conexiones a la red eléctrica se extiendan fuera de la propia zona adecuada, se consideran construidas en zonas no adecuadas. Las conexiones a la red casi siempre se extienden a lo largo de varios metros, porque la red de distribución de electricidad no cubre todas las regiones del país. “Entre las innovaciones introducidas hay aspectos que mejorar – comenta Luciano Barra, director legislativo de Italia Solare – pero al mismo tiempo hay aspectos, como el de las conexiones, que tienen implicaciones graves”.
Las modificaciones introducen una restricción a la capacidad de las regiones para identificar otras zonas adecuadas además de las ya previstas por la ley (como antiguas canteras, zonas a recuperar, zonas adyacentes a autopistas y ferrocarriles). Las normas introducidas por el decreto Transición 5.0 permitieron la creación de nuevas superficies dentro de un límite del 0,8 y el 3% de la superficie agrícola utilizada: las modificaciones aprobadas prevén que las Regiones puedan incluir en esta gama las superficies previstas por la ley y las superficies destinadas a la agrovoltaica, cerrando así los espacios a la fotovoltaica terrestre. Las normas anteriores que prohibían a las Regiones proporcionar áreas adecuadas donde caen las limitaciones paisajísticas regionales y/o las normas para aplicar planes de desarrollo paisajístico permanecen sin cambios. Umbría destacó que con estas normas no podrá cumplir los objetivos de energía renovable en las zonas elegibles.