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En los documentos del proceso hay elementos que “demuestran que la idea” de Alessandro Impagnatiello de matar a Giulia Tramontano, embarazada de siete meses, “ya había surgido varios meses antes” del 27 de mayo de 2023. El Tribunal de Apelación no evaluó “el aumento de la administración de veneno para ratas”, que comenzó en diciembre de 2022, “en el último mes y medio”. Y su “intención asesina”, incluso el día del crimen, se remonta “unas horas antes”. Así escribió el Tribunal Supremo al motivar la sentencia por la que, el 9 de abril, ordenó un segundo recurso para revalorar la premeditación que había sido excluida, sin perjuicio, no obstante, de la pena de cadena perpetua.


De hecho, en junio de 2025, el Tribunal de Apelación de Milán confirmó la cadena perpetua contra el ex barman, que mató a su novia de 37 puñaladas en su casa de Senago (Milán) y cuyo cuerpo fue encontrado cuatro días después. Los jueces, sin embargo, habían excluido las agravantes de la premeditación, manteniendo las de crueldad y el vínculo de convivencia.
Una decisión que hizo estallar de ira en la familia de la víctima: “Vergüenza, vergüenza. Lo llaman ley pero suena a repugnancia”, escribió su hermana Chiara en las redes sociales tras la sentencia.
Los jueces de apelación – resume el Tribunal Supremo (primera sala de lo penal, presidenta Monica Boni) que aceptó el recurso del Ministerio Público de Milán dirigido por Francesca Nanni y los argumentos de la vicefiscal del Tribunal Supremo Elisabetta Ceniccola – habían “excluido la validez de la tesis según la cual la administración del veneno pretendía provocar, incluso alternativamente, la muerte de su pareja, terminando así por situar el inicio de la intención asesina de Impagnatiello sólo en el 5 del 27 de mayo de hace tres años, excluyendo así la premeditación, también intervinieron ante el Tribunal de Casación la abogada Samanta Barbaglia y el abogado Nicodemo Gentile, que asiste a Franco Tramontano, padre de Giulia.
En las 16 páginas de los motivos, el Tribunal de Casación destaca una serie de “fracturas” en los motivos de esta sentencia de segundo grado, juzgando esencialmente la “ubicación temporal del inicio de la intención delictiva de las 15 a las 19 horas”. el día del crimen y que la “finalización comprobada del ciclo de administración de la sustancia tóxica, realizada desde diciembre de 2022” está fundada. Y ello para provocar alternativamente “lesión o muerte de la víctima, provocando el aborto”.
Para el Tribunal Supremo, la “intencionalidad” del asesinato se remonta, pues, “a unas horas antes”, cuando Impagnatiello se enteró esta tarde de “el encuentro forzado en el que no tenía intención de participar”, es decir, del encuentro entre Giulia Tramontano y la otra mujer con la que mantenía una relación paralela. Luego, leemos, la decisión de apelación pasó por alto el aumento de las dosis de veneno para ratas “durante el último mes y medio” y sus “búsquedas” en línea de información sobre “venenos mortales” y “venenos mortales caseros”. Además, el 7 de enero de 2023, “dos días después de disuadir a su pareja de realizarse el aborto previsto”, el camarero había buscado en Internet “¿cuántos venenos para ratas se necesitan para matar a una persona? Venenos inodoros e insípidos”.
Por tanto, en el procedimiento bis de apelación habrá que reevaluar la premeditación, teniendo en cuenta, escriben los jueces, los “principios de Derecho” indicados en la sentencia y la “evolución global de los hechos relativos a la relación entre el imputado y la víctima” desde diciembre de 2022 y con “particular atención a la tarde del 27 de mayo de 2023”.

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