Es una decisión que debería hacer que la gente hable. El Consejo Constitucional lo declaró “contrario a la Constitución” parte de un texto votado en 2025 por el Parlamento que elimina las comisiones bancarias de herencia en algunos casos, en particular cuando se refieren a menores fallecidos.
Para el Consejo Constitucional, cuya decisión se hizo pública el sábado 20 de junio en el Diario Oficial, “prohibir a las entidades de crédito cualquier facturación de operaciones” en algunos casos e “cueste lo que cueste”el texto lleva “un ataque desproporcionado a la libertad empresarial y la libertad contractual”.
Fue la Caisse d’Epargne Grand Est Europe la que cuestionó el texto mediante una cuestión prioritaria de constitucionalidad.
Según el Consejo Constitucional, el sistema bancario criticó el texto sobre todo porque impone a los bancos “Sin embargo, los servicios de herencia gratuitos corresponden a una verdadera diligencia”.
Adoptado definitivamente por el Parlamento en mayo de 2025, este texto eliminó algunas tasas bancarias de sucesiones, a veces percibidas como un “impuesto de luto” que agrava el dolor de los familiares de un menor fallecido.
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Menores fallecidos
La medida más sugerente apuntaba a eliminar los gastos bancarios sucesorios que soportaban los herederos en los casos en que el causante era menor de edad. Esta iniciativa sigue el sonado caso de unos padres que tuvieron que pagar 138 euros para cerrar la libreta de su hijo de 8 años fallecido en mayo de 2021.
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A partir del texto de 2025, quedaron libres incluso las herencias más simples o las que implican cantidades inferiores a un umbral evolutivo, actualmente fijado en 5.910 euros.