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Luz verde del Consejo de Ministros al decreto-ley para la aplicación del pacto de la Unión Europea sobre migración y asilo.

“Una revolución copernicana” que “acompañará la entrada inmediata en vigor de estas normas, reforzada también por el hecho de que, como Gobierno, creemos que hemos sido actores clave en el proceso de reforma del sistema de asilo a nivel europeo”, declaró el ministro del Interior, Matteo Piantedosi, en una rueda de prensa. “Con esta intervención, sin debilitar los otros proyectos que hemos abierto, como el proyecto de ley sobre migración y asilo que ya circula” en el Parlamento, añadió, queríamos “anticipar aquellos que nos permitan implementar inmediatamente este nuevo proceso regulatorio de la Unión Europea a partir del 13 de junio”.

La intervención tiene como objetivo hacer “inmediatamente operativos, a partir del 12 de junio de 2026, fecha de inicio de la aplicación del Pacto Europeo sobre Migración y Asilo, los procedimientos de asilo en la frontera que la legislación de la Unión hace obligatorios para determinadas categorías de solicitantes”.

En ejecución de la decisión de la Comisión Europea que cuantificó la capacidad adecuada de los Estados miembros y el número máximo anual de solicitudes que deben ser examinadas según el procedimiento fronterizo, Italia “deberá examinar mediante el procedimiento fronterizo, durante el primer período de solicitud entre el 12 de junio de 2026 y el 12 de junio de 2027, hasta 16.032 solicitudes por año”.

El procedimiento fronterizo, en aplicación de lo dispuesto en el nuevo Pacto, tendrá aplicación obligatoria cuando se trate de materias peligrosas para la seguridad nacional, procedentes de países que tengan un índice de aceptación de solicitudes inferior al 20 por ciento; que presentó información falsa o documentos falsos. Los procedimientos fronterizos, de conformidad con el nuevo Pacto, “deben concluir en el plazo máximo global de doce semanas. De ahí la necesidad de que la legislación nacional establezca: los plazos de la fase administrativa y los de la fase procesal de manera compatible con este límite máximo; prepare los refuerzos necesarios para las oficinas administrativas y judiciales que participarán en la actividad antes mencionada”.

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