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Los recortes de prestaciones en Alemania para los solicitantes de asilo rechazados violan la legislación de la UE. Se trata de servicios básicos como ropa y productos para el hogar.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en Luxemburgo ha dictaminado que no deben cancelarse para los solicitantes de asilo de los que es responsable otro país de la UE. Según la actual Directiva de acogida de la UE, los estados miembros deben garantizar un “nivel de vida adecuado” que también garantice la protección de la salud física y mental de los solicitantes.

Afghane había presentado una demanda contra el distrito de Schweinfurt

Un joven afgano que iba a ser deportado a Rumanía y cuyas prestaciones se reducirían en 2022 había presentado una demanda contra el distrito bávaro de Schweinfurt. Se le proporcionó comida, alojamiento con calefacción, higiene y atención médica, pero no recibió prestaciones para ropa ni productos para el hogar. El caso acabó ante el Tribunal de Justicia Europeo.

Los jueces de Luxemburgo aclararon: por un lado, la ropa es una de las “necesidades más básicas”. Por otro lado, las prestaciones en efectivo para las necesidades diarias, como billetes, medios de comunicación o productos de cuidado personal, son necesarias para garantizar un “nivel mínimo de participación en la vida social y cultural”.

A partir de 2024, la legislación alemana también prevé la exclusión de prestaciones

En 2024, la legislación alemana sobre reducciones, que ahora está siendo examinada por el Tribunal de Justicia, fue incluso más estricta: actualmente las prestaciones pueden excluirse por completo incluso después de que se haya determinado que otro Estado miembro es responsable de un solicitante de asilo y éste debe abandonar el país. Ciertamente esto no es compatible con las exigencias de Luxemburgo. “Si no puedo hacer recortes, obviamente tampoco puedo retirarme”, dice el activista de derechos sociales Constantin Hruschka.

Sin embargo, la anterior Directiva de acogida de la UE, que establece directrices para los servicios, será sustituida por nuevas normas el 12 de junio con la reforma del Sistema Común de Asilo de la UE (SECA). Estos permiten explícitamente restricciones a los beneficios si los solicitantes de asilo se encuentran en un país de la UE distinto al suyo. “En el nuevo reglamento también se establece que se debe garantizar un nivel mínimo conforme al Derecho de la Unión”, subraya el experto en asilo Hruschka. Esto incluye, por ejemplo, la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.

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