Último día para pagar el IMU. En efecto, hoy, 16 de diciembre de 2025, vencen los plazos para el pago del saldo del impuesto, a pagar por los propietarios de segundas residencias y los propietarios de viviendas registradas en las categorías denominadas “de lujo”: A/1, A/8 y A/9. Sin embargo, llevan allí más de diez años. Los propietarios de viviendas habituales están exentos del pago del IMU. matriculados en las categorías A/2, A/3, A/4, A/5, A/6, A/7 y dependencias relacionadas.
quien esta exento
Cabe recordar que por residencia principal nos referimos la propiedad “en la que el propietario vive habitualmente y está registrada”. Si no se cumple uno de los dos criterios, la propiedad se considera automáticamente una segunda vivienda, por lo que se genera la obligación de pago. Además, en 2022, el Tribunal Constitucional resolvió una de las cuestiones más controvertidas sobre la definición de “residencia secundaria” al considerar ilegítima la ley que extendía el concepto de residencia principal no sólo al propietario sino también a su unidad familiar. En la práctica, si un marido y una mujer (o parejas unidas civilmente) hubieran poseído dos “residencias principales” en el mismo municipio, definiendo cada una como su domicilio y residencia habitual, antes de la condena, una de las dos casas habría sido definida como “residencia secundaria”, exigiendo así el pago del impuesto. Con la sentencia de 2022, fue más bien la doble exención se ha ampliado a todas las parejas que residan y vivan en dos residencias principales separadas.
Dependencias
También hay que recordar que las “dependencias de la vivienda principal” excluidas del pago son únicamente las clasificadas en las categorías catastrales C/2, C/6 y C/7. Además, la exención solo se aplica a una unidad relevante para cada una de las mismas categorías. Por ejemplo, en el caso de dos dispositivos registrados en C/2 (por ejemplo, para una propiedad con sótano y ático), la exención de IMU solo se aplica a uno.
Otras exenciones
Finalmente, también están exentos otros tipos de bienes, como los pertenecientes a cooperativas de construcción en copropiedad, utilizados como vivienda principal y dependencias anexas de los socios cesionarios; vivienda social; el domicilio conyugal asignado al cónyuge tras una separación judicial, una anulación, una disolución o el cese de los efectos civiles del matrimonio; una unidad inmobiliaria única perteneciente a ciudadanos italianos no residentes en el territorio del Estado e inscrita en el Registro de Italianos Residentes en el Extranjero (AIRE), ya jubilados en sus respectivos países de residencia, en propiedad o usufructo en Italia, siempre que no esté alquilada o prestada para su uso.